INJUSTICIA. RUEGO LA DIFUNDAN . PARA VER SI ME AYUDAN
Ref: pago mis impuestos a derecho, sin embargo me embarga la Afip
Recurro a Uds para manifestar lo siguiente, y ver si alguien puede intervenir y parar esta injusticia terrible. Como manifestara, pago mis impuestos a derecho, y estoy siendo embargado por lo que ya pagué.
En efecto, en 2011, me encontraba trabajando durante el día en relación de dependencia, y tras finalizar jornada, iniciaba una nueva sub jornada arriba de un taxi en CABA.
Por el primero, mi empresa me retuvo el correspondiente impuesto a las ganancias categoría 4 (relación de dependencia). Por el taxi aboné el correspondiente monotributo para la facturación correspondiente.
POR ELLO DIGO QUE ABONE MIS IMPUESTOS A DERECHO
Al efectuar la declaración jurada en mayo de 2012, la primera vez que lo hacía, me equivoco en mi contra, en dos errores.
1-No descuento en ganancias, las retenciones que me había efectuado la empresa por ese concepto, con lo cual por este trabajo me queda a pagar lo que ya había pagado
2-Por los ingresos por el taxi, por los que había pagado monotributo locación de servicios y no debía pagar nada más, los cargo –no como ingresos exentos de impuesto (por haber pagado monotributo reitero) y en la justificación de las variaciones patrimoniales – sino como ganancia sujeta a impuesto categoría 1 Respnsable inscripto – Locación de servicios, con lo cual sumo en mi contra y a pagar las ganancias por los importes del taxi, por los que ya había pagado el monotributo.
En definitiva, cuando digo que declaro DDJJ en mi contra por error, lo digo porque me dejé en declaración, debiendo lo que ya había abonado mediante las retenciones de ganancias de la empresa por el trabajo en relación de dependencia; más un adicional por el taxi como si fuera Responsable Inscripto cuando debí ponerlo como monotributista y como tal exento de pago por haber pagado el correspondiente monotributo en tiempo y forma todo el año-
En 2014 un Agente Fiscal de la Afip me cita mediante intimación judicial, a la cual respondo inmediatamente:
Respondo a la Intimación con multinota, donde describo los errores citados y adjunto: Declaración DDJJ del 2011 original con los errores descriptos; la DDJJ rectificada corrigiendo errores y con importe 0 (CERO) a pagar; retenciones efectuadas de ganancias por la empresa por trabajo en relación de dependencia, y pagos de todo el año de monotributo por el taxi.
Supuestamente con ello se corregía el error, y se paraba la acción judicial.
Lamentablemente no fue así, y cuando para mí el tema estaba cerrado, sin recibir intimación por e-ventanilla de la Afip, sin recibir supuestas nuevas intimaciones judiciales que me dicen enviadas, me entero por embargos bancarios que tras averiguar en 2 entidades, referían al juicio citado líneas arriba
Averiguo en la web del PJN que rezaba dictamen, y el mismo dicta se me embargue por aprox 32000 más 15% para cubrir costas e intereses. Esto se está practicando por ese importe en las dos entidades bancarias, una en la que cobro el sueldo por trabajo en relación de dependencia, y otra en la que había sacado crédito para refacciones.
La Afip sucursal liniers me informa que tengo que hacer convenio de pago –cosa que ya hice por 110.000 $ incluyendo intereses resarcitorios hasta inicio juicio y punitorios posteriores a ese inicio- y que luego debo iniciar recurso de repetición para que me devuelvan (averiguando esto tarda de 3 a 4 años y se devuelve algo de lo pagado)
El embargo de cuentas, reitero por algo que ya pagué, me provocó:
- que en ambas entidades me embarguen por lo demandado,
- que la cuota de un crédito y el pago de tarjeta se debite de descubierto, con más intereses e impuesto a crédito y débitos,
- que paralice refacciones y deje de dar trabajo,
- que todavía me queda levantar embargos (cuando termine feria recién), además de un agujero financiero y dejarme sin plata para llegar a fin de mes.
- En una de las entidades, que comparto con mi sra titularidad, me desaparecieron plazos fijos, cuando a lo sumo deberían haber acreditado importe del plazo fijo en cuenta y embargarme sólo 50% (me embargaron el 50% de mi sra) detallando ese embargo en movimientos de cuenta.
En resumen, pagué, me equivoqué en DDJJ, y ahora debo pagar lo que ya pagué más 80.000 de intereses resarcitorios y punitorios, más adicionalmente costas que desconozco valor aún.
Y me pregunto:
1-¿cómo puede ser semejante despropósito por un error, que creí aclarado y cerrado en 2014?
2-¿cómo puede ser que no exista la posibilidad de rectificar un error, y que la Afip acepte esa situación?
Porque no he bajado el importe de impuesto a abonar de la DDJJ de ganancias para evadir, sino porque ya había abonado cada uno de los pesos –ni uno más ni uno menos -que me correspondió pagar en 2011.
Gabriel M Spinelli
DNI 17.031726
